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Fallos: 155:192 de la CSJN Argentina - Año: 1929

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DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Julio 24 de 1929.

Suprema Corte:

En la presente demanda deducida ante el Juzgado de Paz de Bartolomé Mitre, Provincia de Buenos Aires, por don Indalecio Izquierdo contra la empresa del Ferrocarril Central Argentino, por cobro de pesos, la demandada ha invocado el fuero federal el que, habiéndole sido denegado ha motivado el recurso extraordinario de apelación que en los términos del art. 14 de la ley 48, se trae a conocimiento de V. E.

El valor cuestionado en antos excede de los quinientos pesos moneda nacional a que se refiere el art. 1 de la ley 927, seún la interpretación dada por V. E. a dicho artículo, al confirmar, por sus fundamentos, la sentencia del señor Juez Federal en la causa que se registra en el tomo 92 pág. 175 .

Queda por ello sustraida la causa del conocimiento de la justicia de paz, toda vez que, por razones de la distinta vecindad de las partes, procede en este juicio la intervención de la justicia federal Cart. 2, inciso 2 de ta ley 48 y S. C. N. 121:5 ).

Soy por ello de opinión que corresponde revocar la sentencia apelada de fs, S4 vía. en la parte que ha podido ser materia del recurso.

Horacio KR. Larreta.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Agosto 5 de 1929, Vistos:

Considerando :

Que don Indalecio Izquierdo demandó a la empresa del Ferrocarril Central Argentino por devolución de fletes, cuyo im

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Año: 1929, CSJN Fallos: 155:192 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-155/pagina-192

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