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Fallos: 154:385 de la CSJN Argentina - Año: 1929

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mo en el caso, se ha dado a la ley militar invocada la interpretación amplia que le dió el autor, en oposición a la inteligencia más sustentada por el recurrente. (Fallos: tomo 148 pág. 209 ; tomo 110 pág. 198 ; tomo 116 pág. 51 y otros.

Por esto se declara mal concedido el recurso.

R. Gripo" LavarLe, Don Angel M. E. Mustillo, solicita excepción del servicio militar — Sumario: 1° Procede el recurso extraordinario cuando si bien la sentencia recurrida hace lugar a la excepción del servicio militar sostenida por el conscripto, aquélla rechaza también, la inteligencia atribuida al inciso b) del art. 63 de la ley 4707 por el Ministerio Fiscal.

2" El inciso c) del art. 63 de la ley 4707 debe ser interpretado en forma restrictiva y sólo comprende al hermano que atienda con su trabajo personal a la subsistencia de hermanas menores, huérfanos de padre y madre o de hermanos impedidos, sin que la exención pueda extenderse por analogía a otras situaciones como la que se contempla en la especie sub lite, en que el recurrente es el que con su trabajo mantiene las necesidades de su esposa, hija y hermanos abandonados, Caso: Lo explican las piezas siguientes :


SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, Agosto 20 de 1928.

Autos y Vistos; considerando :

Las circunstancias comprobadas en autos de atender el peticionante a la subsistencia de la esposa, una hija y de hermanos

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Año: 1929, CSJN Fallos: 154:385 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-154/pagina-385

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