Don Bartolomé Ramognino (su sucesión), contra la Ci aja Nacional de Jubilaciones y Pensiones de Empleados Ferroviarios, sobre pensión.
Sumario: 1° Procede el recurso extraordinario del art. 14, ley 48, contra una decisión contraria al derecho del recurrente fundado en las leyes 10.650 y 11.074.
jozan del beneficio acordado por el art. 46 de la ley 10.650 los deudos de un empleado ferroviario declarado ce sante por razones de economía, el 31 de Marzo de 1914, y fallecido el 1° de Octubre del mismo año.
Caso: Lo explican las piezas siguientes:
DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Y Buenos Aires Marzo 14 de 1929.
Suprema Corte: y En la causa sobre pensión solicitada a la Caja Nacional de Yubilaciones y Pensiones de Empleados Ferroviarios por Angela S. de Kamognino, ha sido materia de discusión la interpretación de disposiciones contenidas en las leyes respectivas números 10.650 y 11.074, habiendo sido la decisión final contraria al derecho invocado por la peticionante, fundado en dichas leyes.
Existe, asi, el caso federal y, de acuerdo a lo resuelto por V. E. en casos análogos, el recurso extraordinario de apelación procede atento lo dispuesto por el art. 14 de la ley 48.
Ha sido, pues, en mi opinión, mal denegado y asi pido a V.
E. se sirva declararlo.
En cuanto al fondo del asunto ereo, como la Caja Ferrovia
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Año: 1929, CSJN Fallos: 154:280
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