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Fallos: 153:299 de la CSJN Argentina - Año: 1929

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Don Daniel Pons, apelando de una resolución de la Administración de Impuestos Internos, Sumario: 1 No estando prevista en la ley la limitación al derecho de comerciar que importa el precepto del art. 26 del titulo TV de la Reglamentación General de los impuestos internos, ella resulta contraria a principios substanciales de la Constitución (arts. 14, 28, 67 y 86, inciso 2").

2 Es elemental en nuestra organización; la atribución que tienen y el deber en que se hallan los tribunales de justicia de examinar los decretos del Poder Ejecutivo en los casos concretos traidos a su decisión, comparándolos con ei texto de la Constitución o de las leyes invocadas, para averiguar si guardan o no conformidad con ésta o con su espiritu y abstenerse de aplicarlos si los encuentra en oposición, Caso: Lo explican las piezas siguientes :


SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL DE APELACIÓN
Buenos Aires, Noviembre 2 de 1927.

Vistos y Considerando: respecto al recurso de nulidad.

Que la nulidad que se invoca en el escrito de fs. 33 no es procedente, por cuanto el señor Juez a quo ha podido fundar su sentencia en las disposiciones de la ley N° 3764, de acuerdo con la procedencia del recurso que este tribunal declaró a fs. 28.

Y Considerando respecto al de apelación:

Que alegada por el recurrente la inconstitucionalidad de la

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Año: 1929, CSJN Fallos: 153:299 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-153/pagina-299

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