SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL DE APELACIÓN
Buenos Aires, Septiembre 10 de 1925.
Y Vistos:
De acuerdo con lo resuelto por este tribunal en los casos de Alberto Borruat, Santos Palermo y José del Carmen Machado, fallados el 31 de Agosto y 2 de Diciembre de 1927, respectivamente, y siendo arreglada a derecho, se confirma la resolución apelada de fs. 12, que deniega la jubilación por retiro voluntario solicitada por Andrés Ferrari. Devuélvanse sin más trámite.
—Marcelino Escalada. — B. A, Nazar Anchorena. — J. P.
Luna. — José Marcó,
DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Noviembre 3 de 1928, Suprema Corte:
Don Andrés Ferrari ha recurrido para ante esta Corte Suprema la sentencia de la Cámara Federal de Apelación de la Capital que, al confirmar la resolución de fs. 12 dictada por la Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones de Empleados Ferroviarios, deniega al peticionante la jubilación que solicitó por retiro voluntario. En la causa se ha discutido la interpretación y aplicación de los arts. 21, 22, 25, 32 y 34 de la ley 10,650 que acuerda dichas jubilaciones y la decisión ha sido contraria al derecho invocado por el recurrente, fundado en dichas disposiciones legales.
En tal virtud, y de acuerdo a lo resuelto por V. E. en casos análogos, el recurso deducido procede atento lo dispuesto por el artículo 14 de la ley 48.
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Año: 1929, CSJN Fallos: 153:128
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