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Fallos: 153:101 de la CSJN Argentina - Año: 1929

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Por estos fundamentos se revoca la sentencia apelada de la Cámara Federal de la Capital en la parte que ha sido materia del recurso, quedando, en consecuencia, firme la de primera instancia. Notifíquese y devuélvanse, reponiéndose el papel en el juzgado de origen.


A. BErmEJO. — Roserro REPETTO
—R. Gripo LavarLE, — ANTo

NIO SAGARNA.


NOTAS
En la causa criminal seguida contra Sinforiano Jones y Victor Sánchez por el delito de homicidio de José Nahuelpi y lesiones a Rafael Antiñanco, px:petrado en el paraje denominado "Shaman", jurisdicción del Territorio Nacional del Chubut, el día 31 de Diciembre de 1927, el Juez Letrado de dicho territorio condenó a los procesados a sufrir las penas de reclusión y prisión perpetua, respectivamente, costas y accesorias legales art. 12 del Código Penal), y fijó el monto de la indemnización civil que deberán pagar los procesados a los herederos de la víctima en la suma de diez mil pesos moneda nacional por cada uno (art. 29 del mismo Código; sentencia que fué confirmada por la Cámara Federal de Apelación de La Plata. Elevados los autos en apelación a la Corte Suprema, el Tribunal, con fecha primero de Octubre de mil novecientos veintiocho, confirmó en lo principal la sentencia recurrida y la reformó en cnanto a las penas, condenando a Sinforiano Jones por homicidio simple y lesiones leves a veinte años de reclusión, y a Víctor Sánchez, por homicidio simple a diez y ocho años de la misma pena, con costas.

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Año: 1929, CSJN Fallos: 153:101 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-153/pagina-101

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