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60 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Julio 27 de 1928.
Visto el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia pronunciada a fs. 362 por la Cámara Federal del Rosario en la denuncia incoada por Enrique Adlerereutz contra el Ferrocarril Central. Córdoba, Y Considerando :
Que la presente denuncia por supuesta defraudación a la renta de Aduana fué deducida en los términos siguientes: "la empresa del Ferrocarril Central Córdoha recibe del extranjero e introduce a la República diversas clases de materiales exentos de derechos de Aduava y una vez despachados para ella, suministra-esos materiales o parte de ellos a otras entidades comerciales y particularmente a la empresa de Tranvía a Vapor de Rafaela que no gozan de las franquicias legales antes referidas" sin conocimiento ni intervención de la Aduana.
Que en la causa se ha comprobado debidamente que la empresa de Tranvía a Vapor de Rafaela hallábase acogida a los beneficios de la ley N" 5315 a mérito de la declaración que le fué aceptada por decreto del Poder Ejecutivo de la Nación el + de Junio de 1908 (fs. 236) y gozaba por consiguiente desde esa fecha de la liberación autorizada por el art. 8" de la mencionada ley.
Que este antecedente es suficiente para restar todo valor a la denuncia en la parte referente al Tranvia a Vapor de Rafacla, desde que las trasmisiones de materiales se habrían hecho de un empresa liberada de derechos de Aduana a otra que también lo estaba, circunstancia que aleja toda posibilidad de defraudar 0 siquiera de disminuir la renta aduanera.
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Año: 1928, CSJN Fallos: 152:60
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-152/pagina-60
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