situación de las compañías extranjeras con la de las compañias nacionales, cuyos beneficios quedan en el país, se verá la justicia del impuesto proporcional con que debe buscarse el equilibrio y la igualdad compensativa en favor de los capitales localizados sea que pertenezcan a nacionales o extranjeros. Las compañías extranjeras de seguros no solamente no importan capitales extranjeros, sino que Exportan capitales nacionales, que se invierten en el exterior y se distribuyen, en parte, en forma de dividendos a los accionistas que, casi exclusivamente, residen fuera del país, El argumento. fundado en la reciprocidad de los tratados, no tiene fundamento, pues, especialmente en lo que refiere a Inglaterra, no existe ninguna cláusula sobre el particular, Después de citar precedentes legales y de jurisprudencia tanto argentinos como Extranjeros, termina pidiendo se desestime en todas sus partes la demanda, con costas, Tercero: Que declarado el juicio de puro derecho, se confirió un nuevo traslado a las partes; y habiendo sido evacuado por ambas, aquel quedó para sentencia definitiva, Y Considerando :
1" Que no obstante haber sido opuesta la incompetencia de jurisdicción como defensa general, entrando el representante de la Nación a contestar la demanda, debe, por su indole, ser estudiada y resuelta en primer término en la sentencia.
2" Que es indudable que el concepto de la indemandabilidad del Estado va cediendo cada vez más ante la necesidad de que los particulares no se vean trabados en la defensa de sus derechos, sin menoscabo, naturalmente, de los principios esenciales de la soberanía. Ya fué un gran paso adelante, entre nosotros, En Ese sentido, la sanción de la ley 3952 que, al establecer la doble personalidad de la Nación cuando está en juicio, reaccionó contra una cerrada interpretación judicial que sólo admitia que aquella sólo podía comparecer ante los Tribunales como parte
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Año: 1928, CSJN Fallos: 150:95
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