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Fallos: 15:442 de la CSJN Argentina - Año: 1874

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Por tanto pido 4 V. E. se sirva declarar que no ha lugar á proveer sobre este exhorto.

Francisco Pico.

Fallo de la Suprema Corte.

Buenos Aires, Noviembre 21 de 1874.

Vistos: de conformidad con lo espuesto y pedido por el Señor Procurador General, no ha lugar 4 lo solicitado en este exhorto, y archívese, haciéndose saber por oficio al Juez de Comercio.


SALVADOR M' DEL CARRIL. — FRAN-
cisco DELGADO.—dJosÉ Barros Pazos. — J. B. GOrRostiaca.— J. Domincuez.

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Año: 1874, CSJN Fallos: 15:442 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-15/pagina-442

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