DICTÁMEN DEI. SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Junio 30 de 1927, Suprema Corte :
En la presente causa seguida por don Francisco y Floro Montero contra la provincia de Buenos Aires, sobre devolución de sumas de dinero pagadas en concepto de impuesto especial de afirmados del camino público de La Plata a Aveljaneda, sólo se ha presentado con el escrito de demanda, la documentación de fs. La 9 sin haberse producido prueba ni alegado al respecto.
En tales condiciones estimo que no se han acreditado los hechos invocados y que se carece de elementos de juicio para pronunciarse sobre la acción deducida, cuyo rechazo, por ello, procede en mi opinión. , Horacio R. Larreta.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Octubre 7 de 1927, Y Vistos:
"El procurador Juan A. Argerich, mandatario de don Francisco y don Floro Montero, demanda a la provincia de Buenos Aires por devolución de 6.559 pesos con 36 cemavos moneda nacional pagada por sus instituyentes bajo protesta por razón del impuesto cercado por la ley provincial del 27 de Diciembre de 1907 destinada a obtener los recursos necesarios para la apertura y pavimentación de un camino entre La Plata y Avellaneda.
Funda la acción en que la. contribución que los señores Montero han sido obligados a pagar es inconstitucional, como lo ha de
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Año: 1927, CSJN Fallos: 149:323
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-149/pagina-323
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