Ainicipalidad de la Capital en autos con doña Julia L. Lasmaries, por infracción a la.ordenanza que estabblece ta hora en que deben terminar los espetáculos teatrales o cinematográficas: sobre cobro de honorarios, Recurso de hecho, Sumario: 1 No procede el recurso extraordinario del artículo 14. ley 48, contra una resolución denegatoria de un pedido de fijación de honorarios. (Cuestión de derecho procesal sobre costas y naturaleza jurídica de las mismas, puntos de «derecho comi), 2 No hasta para la procedencia del recurso extraordinario, la referencia general a una garantía constitucional :
si no se demmvestra que-la inteligencia de la misma ha sido cuestionada y que se ha denegado en la resolución, tr de recho federal coneretamente invocado.
Caso: o explican las piezas siguientes :
DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Diciembre 7 de 152 Suprema Corte:
La Municipalidad de la Capital de la Nación inició quereNa comra doña Julia L. de Lasmaries, por infracción a la ordenanza que establece la hora en que deben terminar los espectáculos teatrales o cinematográficos, Substanciada la causa ante el juzgado correccional y condemada lacacusada a pagar una multa y las costas del juicio, el representante de la Municipalidad solicitó la fijación de sus honorarios y la de los del letrado que lo patrocinaba,
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Año: 1927, CSJN Fallos: 148:272
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