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Fallos: 147:372 de la CSJN Argentina - Año: 1926

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DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Octubre 8 de 1926 Suprema Corte:

Dictada sentencia definitiva por la cámara 2° de apelaciones en lo civil de la Capital de la Nación, en la causa seguida por el doctor Carlos A. Repetto y otros contra la sucesión de don Jacobo J. Parravicini, sobre nulidad de testamento, dos hermanas del causante han promovido a fs. 1527, una cuestión sobre nulidad de la sentencia referida, por haber sido dictada ésta integrando el tribunal un magistrado que, según las recurrentes, carecía de la designación legal requerida.

La cámara ha desestimado la nulidad, entre otras razones, por considerar que las peticionantes habian consentido, antes de dictarse la sentencia, la intervención del vocal de referencia:

y ha denegado, al mismo tiempo, el recurso extraordinario interpuesto para ante esta Corte Suprema.

V. E. tiene resuelto reiteradamente que la cuestión de si uno de los miembros de un tribunal está o no inhabilitado para formar parte del mismo. es ajena a la instancia extraordinaria que acuerda para ante la Corte Suprem el art. 14 de la ley 48, 81, 257; 87, 111; 107, 21; 121, 306 y 123, 143).

Por lo expuesto soy de opinión que corresponde declarar bien denegada para ante V. E. el presente recurso.

Horacio R. Larreta.

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Año: 1926, CSJN Fallos: 147:372 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-147/pagina-372

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