los mismos autores del daño; y esta circunstancia aleja aún más toda posibilidad remota de un perjuicio al tráfico de la línea.
Se trata, así, de un hecho que en caso de ser delito, no está directa ni implicitamente previsto por la ley de ferrocarriles: y en consecuencia no de fuero federal, Por todo ello se revoca la sentencia apelada de fs. 12. Notifíquese y devuélvanse. — R, Guido Lavalle, en disidencia, — Antonio L. Marcenaro. — U. Benci.
DISIDENCIA ° La competencia de la justicia federal en el presente caso, no resulta de que él esté previsto o no en la ley de ferrocarriles.
Dimana ella de la naturaleza propia del asunto, relacionado directamente con la seguridad del tráfico, amparado en todas sus fases por la autoridad nacional, El hecho de cortar un alambrado que flanquea la vía férrea atenta contra la seguridad de los trenes en marcha, ya que puede ser causa directa de un accidente.
Por esto y sus concordantes estoy por la confirmación del auto apelado de fojas 12. — R. Guido Lavalle.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Marzo 5 de 1926 Y vistos:
El recurso extraordinario interpuesto por el Ministerio Fiscal contra sentencia de la Cáirvara Federal de Apelación de La Plata en el proceso que se instruye sobre atentado al tráfico ferroviario en las inmediaciones de la estación Carlos Casares del Ferrocarril Oeste,
Compartir
104Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1926, CSJN Fallos: 145:413
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-145/pagina-413
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 145 en el número: 413 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos