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Fallos: 144:370 de la CSJN Argentina - Año: 1925

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de lanzamiento inmediato o de oportuna protesta, en calidad de ulterior poseedor, y que genera el derecho indiscutible al amparo legal dentro de esos mismos cercos, formalmente idénticos si se quiere con los antiguos, en su material o en su trazado, pero de un distinto y propio significado jurídico. Ellos habrían venido marcando el contrato de una posesión ejercida durante años con viviendas y cultivos por quien pretende ser, sin poder juzgarlo en esta instancia, el dueño del terreno, y sin que se hava demostrado o indicado por su contrario un hecho siquiera aislado de posesión hacia adentro de la línea circundante:

7. Que esta situación no puede ser desvirtuada por la sola y simple denuncia policial del año 17, hecha por el encargado Alarcón, con motivo de la reconstrucción de una parte de aquellos cercos, dado que, entre tanto otro fundamento, esa denuncia provocó la superior disposición de fs. 123, que documenta cabalmente al respecto, ya puesto de manifiesto por las otras probanzas, ante la posesión de esa faja de terreno, cuya propiedad y límites discutidos se refieren al esclarecimiento de la mensura judicial. La nota de fojas 123, de autenticidad no negada, y que se induce de sus correlativos, las de fs. 140 y fs.

139, traídas por el Fisco, confirma y expiica expresamente, al menos desde julio de 1917 hasta junio de 1921, en que empieza el arrendatario Carreras la actividad epilogada el 12 de septienbre del miso año, el mantenimiento de una quieta y conocida posesión y, sobre todo, exclusivamente dentro del perímetro figurado en el plano de la mensura, de todos esos actos indistintos y comunes de una y otra parte en la zona confinante, propios de la confusión de límites, como que en su esencia la disputa por la posesión ha versado, antes que sobre límites confusos o promiscuos, sobre limites cuestionados; 8, Que, entonces, procede tener como cumplidos en el caso los extremos posesorios requeridos para poder su titular oponerse a una mensura gestionada con la intención de resolver el dominio del inmueble ocupado exclusivamente, sin antes ser

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Año: 1925, CSJN Fallos: 144:370 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-144/pagina-370

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