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Fallos: 144:247 de la CSJN Argentina - Año: 1925

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que emerge la competencia del Infrascripto para discernir como ha discernido la tutela dativa de la menor Margarita María Luisa Tarana, toda vez que desempeña el Juzgado con jurisdicción en el último domicilio que tenía el padre de la menor don Anselmo R. 'Tarana, IX. La circunstancia de que en la ciudad de Mendoza se hubiera provisto igualmente de tutor a la menor y que ello fuera conocido por ésta y por su guardadora la señora de Knoll, E no puede en lo más mínimo hacer surgir una competencia que la ley no reconoce y extender una jurisdicción territorial de que se carece, aparte de que aquel conocimiento y el viaje transitorio efectuado a Mendoza conservando el domicilio de la ciudad de Buenos Aires, explicado en las correspondencias de £s. 56 a 63, no puede invocarse como un reconocimiento del domicilio del padre de la menor, hecho éste que es el único que por sí atribuye jurisdicción y competencia para entender en todo lo re'ativo a la persona y bienes de la menor.

X. Por último, aparte de la estricta aplicación de los principios legales que rigen el caso, como lo hacen notar el señor Agente Fiscal a fs. 187 y cl señor Asesor de Menores, a fs.

191, los intereses morales y materiales de la menor llevan también a decidir la competencia del Infrascripto en cuanto a la tutela se refiere.

El evidente y manifiesto abandono que se ha hecho de la persona misma de la menor Margarita de parte de los funcionarios designados en Mendoza, el hecho reconocido por el tutor doctor José Néstor Lencinas en la carta de fs. 70 que se ha tomado indebidamente una gran parte de la fortuna de la menor en tanto que ésta vive en una extrema indigencia, y sobre todo, el descuido en que dejaba a la referida menor ante las asechanzas de que era objeto y que revelan los telegramas y cartas que obran de fs. 48 a 53, de parte precisamente de un hijo y apoderado del tutor doctor Lencinas, importan he

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Año: 1925, CSJN Fallos: 144:247 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-144/pagina-247

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