Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 143:384 de la CSJN Argentina - Año: 1925

Anterior ... | Siguiente ...


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Junio 22 de 19 Y Vistos:

El recurso extraordinario interpuesto y concedido contra sentencia de la Cámara Federal de Córdoba, en el juicio seguido por don Lucas A. de Olmos en representación del señor Manuel E. Cornú contra don Carlos Núñez Monasterio, sobre reivindicación.

Y Considerando:

Que interpuestos por el actor los recursos de apelación, de nulidad y de queja por denegada justicia, se le ha concedido sólo el primero con carácter de extraordinario que es el que está en consecuencia, llamada a resolver esta Corte, pues de la denegatoria de los otros dos no se ha deducido recurso alguna.

Que fundada la apelación extraordinaria de que se trata, en que son de aplicación al caso de autos los incisos 2 y 3" del artículo 14 de la ley 48 y 67 de la ley 4055. por cuanto según se afirma, el fallo recurrido se pronuncia en las condiciones de los preceptos legales invocados, sobre la inteligencia del artículo 7" de la Constitución y articulo 4" de la ley 14. procede examinar la sentencia referida en cada uno de sus fundamentos y especialmente en lo relativo al que ha dado base, a juicio del recurrente, a la procedencia de la apelación intentada, Que dichos fundarentos consisten: a) En que la sentencía «de primera instancia demuestra que el mandatario señor Bernardo P. Iturraspe interpretó fielmente la voluntad de sus mandantes al ubicar y enajenar ca las condiciones que lo hizo

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

56

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1925, CSJN Fallos: 143:384 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-143/pagina-384

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 143 en el número: 384 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos