El causante falleció el 1.° de julio de 1922 en San Urbano, provincia de Santa Fe.
Allí tenía un establecimiento ganadero denominado "San Patricio" que atendía personalmente desde muchos años atrás.
Tenia además otro establecimiento ganadero en la Provincia de Buenos Aires, pero no hay prueba que allí hubiese vivido, En San Urbano tenia, según las constancias del expediente sobre competencia tramitado en Rosario, y agregado por cuerda floja, el centro principal de su negocios, su cuenta en el Banco de la Nación y realizaba sus operaciones ganaderas y prendas agrarias denunciando por domicilio la referida localidad (constancias de fs. 17, 20 y 22).
Estas afirmaciones aparecen corroboradas por las declaraciones de los testigos agregadas a fs, 27 y 28.
Su domicilio en Buenos Aires no aparece comprobado debidanente, Encuentro insuficiente a tal fin la declaración de fs, 15 expediente de la Capital) de dos testigos que no dan mayor razón de sus dichos, Y en cuanto al domicilio dado por el causante en el poder de fs, 3, El se refiere al año 1918 época Muy anterior a la de su fallecimiento, :
La misma observación corresponde hacer respecto al testimonio de declaratoria de - herederos acompañado como prueba a fs, 8.
Todo lo expuesto y la circunstancia de haberse denunciado por el propio hijo del causante su domicilio en San Urbano (partida de fs, 17 expediente de la Capital, citado), me inducen a afirmar que el último domicilio de don Miguel Fox fué en jurisdicción del Juez del Rosario (Arts. 92, 93, 95 y 100 del Código Civil).
De acuerdo con la regla adoptada por el art. 3284 del
Compartir
79Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1925, CSJN Fallos: 142:117
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-142/pagina-117¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 142 en el número: 117 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
