Le FALLOS DE LA CORTE SUPREMA Por ello y de conformidad con lo expuesto y pedido por el señor Procurador General se declara improcedente la queja aducida. Notifíquese y archivese,
A. BErMEJO. — NICANOR G. DEL
Sonar. — J. FIGUEROA ALCORTA. — RAMÓN Ménpez.
— Ronearo REPETTO.
Banco Hipotecario Nacional, en el juicio de deslinde de la finca Laguna Negra. Contienda de competencia.
Sumario: 1. La cuestión de inhibiciones dobles deriva. de haber declarado una Cámara Federal y un Superior Tribunal de Justicia de Provincia, la incompetencia de las respectivas jurisdicciones para conocer del mismo asunto, y cuya última consecuencia sería privar al interesado (un letrado) de los tribunales ante los cuales hacer valer sus derechos legitimamente adquiridos, debe ser tratada y resuelta como una de las expresamente comprendidas en el artículo 9", inciso a) de la ley 4055.
2. Cualquiera que sea la competencia en cuanto al fondo del pleito, corresponde conocer y resolver lo relativo al cobro de costas y honorarios devengados dentro del juicio, al juez ante el cual ellos se han causado.
Caso: Lo explican las siguientes piezas:
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Año: 1924, CSJN Fallos: 141:34
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