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Fallos: 141:23 de la CSJN Argentina - Año: 1924

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Junio 20 de 1924 Autos y Vistos:

El recurso de hecho por apelación denegada interpuesto por el defensor de los procesados Indalecio Cortínez y Luis Gutiérrez de León de la sentencia de la Cámara de Apelaciones del Departamento del Sud, con asiento en Dolores, Provincia de Buenos Aires.

Y Considerando:

Que la sentencia de la Cámara de Apelaciones de Dolores, testimoniada en el informe de fojas 15, ha fundado la denegatoria del recurso de habeas corpus llevada ante la misma en que los recurrentes "están procesados ante juez competente como autores del delito de defraudación reprimido por el artículo 173 del Código Penal, habiéndose decretado su prisión preventiva en auto que reune las condiciones previstas en los artículos 179 y 180 del Código de Procedimientos Penales".

Que esa declaración fundada en disposiciones del derecho común, es ajena al recurso extraordinario para ante esta Corte con arreglo a lo dispuesto en el artículo 15 de la ley 48 y lo reiteradamente resuelto.

Que para la procedencia de ese recurso no basta haber invocado la garantía del artículo 18 de la Constitución en cuanto a que nadie puede ser arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente, desde que no se desconoce la de un Juez del Crimen para conocer de una causa criminal y lo que se cuestiona es la apreciación del hecho que la motiva o sea el fondo mismo de la causa.

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Año: 1924, CSJN Fallos: 141:23 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-141/pagina-23

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