Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 140:19 de la CSJN Argentina - Año: 1924

Anterior ... | Siguiente ...



DISIDENCIA
La Piata, Mayo 4 de 1923 Autos y Vistos, Considerando :

Que como lo tiene resuelto este tribunal con la integración del subscripto y en algunos casos con su disidencia, es aplicable como en el que motiva el sub lite la disposición sobre prescripción que contiene el nuevo Código Penal en su artículo 62, incisos 2." y 6, por lo que, dando por reproducidos los fundamentos de orden legal y doctrinario, y habiendo transcurrido más de un año desde la fecha en que. se inició este juicio, se declara prescripta la acción penal. Devuélvase. (Causas números 15.924 y 10.006). — Néstor N. Fernández. — Ante mi: ° Negible.


DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Octubre 24 de 1923.

Suprema Corte:

El defensor de Nilo Palópoli, procesado por infracción a la ley juegos prohibidos en la Provincia de Buenos Aires, de 2 de Noviembre de 1916, interpone el recurso de apelación que autoriza el artículo 14, inciso 2.° de la ley número 48 y artículo 6 de la ley número 4055, contra la sentencia dictada por la Excma. Cámara Tercera de Apelaciones de esa Provincia, ante la cual opuso la prescripción de la acción penal seguida contra su defendido, invocando los incisos 2.° y 6" del artículo 62 del Código Penal, y artículos 31 y 67, inciso 11 de la Constitución, defensa que fué rechazada a fojas 195.

El único motivo en que se funda el recurso deducido y concellido (fojas 198 y 200) es por considerar el recurrente que al

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

59

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1924, CSJN Fallos: 140:19 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-140/pagina-19

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 140 en el número: 19 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos