Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 140:14 de la CSJN Argentina - Año: 1924

Anterior ... | Siguiente ...

conocer de la causa contra Mateo Grossi, Leonor Gómez de Lucero y Diego López por violación de correspondencia y estafas reiteradas, y contra Severa Gómez y María Lucero por encubrimiento, Y Considerando:

Que en la denuncia de fojas 1 y demás constancias del sumario policial y en la indagatoria de fojas 310 aparece que se imputa a Mateo Grossi haber cobrado, indebidamente, encomiendas en una estación del Ferrocarril Sud y diversos giros pertenecientes a don Vicente Ferrari, falsificando la firma de éste o simulando autorización del mismo para percibir diversas sumas, delitos comunes cometidos en la Provincia de Buenos Aires, Que el delito de violación de correspondencia que pudiera atribuirse al procesado, no autoriza en el caso la competencia de la justicia federal, pues aparece que la ¡lave de la casilla de correos de donde retiraba el procesado la correspondencia dirigida a Ferrari, se encontraba en poder de éste según lo manifiesta a fojas 10 y la había confiado a Bontempo, lo que pone de manifiesto que esa correspondencia había dejado de estar bajo la custodia o servicio del correo y la substracción de ella constituia un delito del fuero común (Fallos: tomo 76 pág. 152 ).

Que respecto al giro por ciento cincuenta°y seis pesos con veintiseis centavos, cobrado en una sucursal del Banco de la Nación Argentina, atentas las consideraciones aducidas en la resolución de fojas 344 con referencia a la indagatoria de fojas 140 y 141, debe reconocerse que no aparece en antos constancias suficientes para limitar en este proceso la jurisdicción ordinaria de la justicia provincial.

Por ello y lo pedido por el señor Procurador General, se declara que el conocimiento de esta causa corresponde al señor

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

58

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1924, CSJN Fallos: 140:14 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-140/pagina-14

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 140 en el número: 14 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos