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Fallos: 14:402 de la CSJN Argentina - Año: 1873

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Y resultando: 1° Que con fecha 4 de Enero del corriente año D. Pedro Rosso celebró en Montevideo con D.

M. Perichetti contrato de Netamento del espresado patacho «Final Pia» para cargar y conducir á este puerto 280 toneladas, mus ó menos, de piedra cortada, por el flete de dos y medio pesos fuertes la tonelada pagaderos despues de concluida la descarga, y concediéndose 16 dias corridos para cargar en Montevido y descargar en este puerto, á cuyo efecto deberia anotarse en el contrato los dias empleados en la carga, estipulándose para el caso quo so empleara mas tiempo, que el cargador abonaria $ Ftes.

20 por cada dia de exceso, sobro los concedidos por el contrato, todo lo cual consta del contrato que corre á foja 2.

20 Que segun la anotacion puesta al pié del mismo contrato, se invirtieron en la carga del buque 16 dias, terminando dicha operacion el 24 del citado mes, en cuya fecha se firmó el conocimiento de f. 3, segun el cual se habia cargado 40,209 piedras cortadas con 300 toneladas de peso, y se habia comprometido el capitan á entregar esas piedras á la órden de los Sres. Cárlos Perelli, loca y C», quienes debian abonarle el flete segun contrato.

30 Que el lanchero encargado de la descarga otorgó recibo por 40,209 adoquines, como consta del recibo de 21 de Julio último que corre á f. 1°, 40 Que Rosso, acompañando el contrato, conocimiento y recibo citados, y manifestando que en la sola carga en Montevideo habia invertido el fletador los 16 dias concedidos por el contrato para la carga y descarga, y que en esta última operacion terminada el 21 de Febrero habia invertido 22 dias, dedujo demanda contra los consignatarios de la carga Cárlos Perelli, Roca y €° cobrándoles $ Ftes.

M0, importe de los 22 dias de demora, mas la cantidad

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Año: 1873, CSJN Fallos: 14:402 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-14/pagina-402

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