proporcion de una parte de dicho ingrediente por 64 de agua, casi insensiblemente alcalina, espidiéndoseles en consecuencia el título justificativo de dicho privilegio, de conformidad con lo dispuesto por la ley Nacional de 11 de Octubre de 186, y prévias las formalidades que la misma designa, como Jo demuestran la copia de descripcion del sistema y del informe de los sub-comisarios respectivos que se encuentran á f. 8 y 9, y la patente original que corre á f. 4.
20, Que los Sres. Silveyra y Goulstone obtuvieron tambien privilegio de esplotar durante 1) años, un nuevo sistema de conservacion de carnes, cuyo procedimiento consiste en colocar la carne ventilada, libre de la influencia de la atmósfero esterior y cuando principia á cambiar de color y olor, en un líquido compuesto en la proporcion de cincuenta galones de agua cocida y enfriada, treinta y dos onzas glicerina, 25 onzas bisulfito de sosa y cinco onzas de ácido hidroclórico por un determinado número de horas que varia segun la estacion, otorgándoseles 4 su vez el correspondiente título y previas las formalidades legales, todo lo cual está constatado por las correspondientes piezas que en copias autorizadas corren á f. 28 y f. 39 y por la patente original que se registra á f. 30.
3'. Que la parte Roggiero y Ca., sosteniendo que la patente concedida á Silveyra y Goulstone lo ha sido con violacion del art. 4" de la citada ley de patentes industriales por emplear agentes conocidos y del dominio público como la glicerina y el sulfito de sosa, y el ácido hidroclórico ideado por los demandantes con el mismo objeto, y patentado con mucha anterioridad 4 la fecha de la concedida á los Sres. Silveyra y Goulstone, solicitó se declarara nula la concedida á estos últimos, intimándoseles
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Año: 1873, CSJN Fallos: 14:298
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