« Juicio y mas juicio, es necesario, nada de fasilitar, todo debe hacerse para ir a cosa segura, no es venir y retroceder un Gefe y que sus ordenes sean el cumplimiento de las que el reciba de O.
« Por el procimo correo, escribire a Ud. sobre concideraciones. A. V. recuerdos y que me escriba, agalo Ud. tambien, suyo « Un Sargento « Mi tirma sera, en privado un Sargento, en publico mí nombre Natural. » Con estos antecedentes el Procurador Fiscal se presentó ante al Juez de Seccion y espuso : Que el P. E. le habia ordenado deducir la accion legal correspondiente contra el Senador D. Nicacio Oroño que aparecia complicado en los delitos de rebelion y de sedicion contra el órden de la República.
Que "en cumplimiento de esa disposicion pedia se instruyese el correspondiente sumario para la completa averiguacion de los hechos y el debido castigo de los culpables.
Que, como él que aparecia indiciado de delito era un Senador de la Nacion, se hacia necesario, para cumplir con las prescripciones de la Constitucion y de la ley sobre el fuero parlamentario, que el Juez se dirigiese al Honorable Senado de la Nacion, solicitando el allanamiento del fuero al Senador D. Nicacio Oroño, para la formacion del proceso correspondiente.
Que esta providencia se hallaba justificada por el mérito que suministraba la carta firmada por dicho Senador, dirigida á uno de los jefes de la invasion á la Provincia de Santa Fé, quien al mismo tiempo era uno de los rebeldes
Compartir
74Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1873, CSJN Fallos: 14:227
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-14/pagina-227
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 14 en el número: 227 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos