Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 14:226 de la CSJN Argentina - Año: 1873

Anterior ... | Siguiente ...

« Hay que arrostrar á 80 de Celestino y para aser frente precisan 150. y otros para lo porvenir.

« No se cuiden de lansas todos deven estar 4 fucil, es á bala, no á chusa como es legal combatir, si no las tienen pidanlas á B. Aires, 6 en caso yo arreglare esta dificultad.

« Debuelba la seguridad de mi estimacion alos oficiales que estan asu lado, y que son sus amigos, asegurandoles que llegando á este destino tendran un amigo no solamente personal sí politico.

« Ventura llturraspe, vino por el indulto que espedio el Gno, y fue preso, al dia siguiente lo largaron, ya Ud. puede fijarse adonde alcansan las garantias.

« Tenga conciencia, del buen escito de esta campaña si algun desborde, o poco juicio de Uds. no la hase fracasar.

« Si llega á rebolberse E.rios Uds. deven ponerse de pie, y tratar de acometer esta Provincia.

« Créo amigos que la oprecion sesara pronto, un esfuerso y se habra salvado la Libertad.

« Traten con M. O. que el esta con Francisco, y como es el elemento principal en este pueblo, las cosas seran remediadas, yo le garanto que esta en cuerpo y alma.

Benito entra en la colada, el hombre Urbano esta solo, pero el temor hase en esta gente mucho peso, hay que tomar precausiones para vencer. Antes de una resolucion de Vds. avísenmelo para decirles sí es ó no oportuno, y para el caso le copeo el Telegrama que deven remitirme, « Tomas bueno, fuera de peligro « firma Legug « En caso de buelta, para venir contestaré « Deseo su restablecimiento mil afectos.

« En caso de desaprovacion ira el siguiente: siento sus males disculpeme

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

82

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1873, CSJN Fallos: 14:226 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-14/pagina-226

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 14 en el número: 226 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos