D. Nicacio Oroño y dirijida á D. Roberto Brochero, aprehendido en la Paz en las filas de los rebeldes en Entre Rios, haciendo armas contra la Nacion, cuya carta tomada en poder de dicho Brochero revela el propósito continuado de aquel Senador de perturbar el órden de la República; pásese orijinal dicha carta, de que se dejará copia legalizada, al Procurador Fiscal de la Seccion de Buenos Aires, para que entable la accion que por la Ley compete, y pida inmediatamente al juez respectivo se dirija al Honorable Senado solicitando el allanamiento del fuero del espresado Senador, por suministrar aquel documento mérito suficiente para ello, recomendándose al Procurador Fiscai la actividad necesaria en la prosecucion de este asunto.
SARMIENTO
ULaDISLAO Finas.
La carta á que se refiere el documento es del tenor siguiente:
« Buenos Aires, Agosto 24 de 1873.
« Sr. Don Roberto Brochero.
« Estimado amigo: He recibido sus dos cartas. Hoy h mando al portador para que hable con Vd., vea cuales sen los elementos de que se pueden disponer para recomensar nuestro propósito, y se ponga de acuerdo sobre los medios y oportunidad de ejecutarlos con éxito seguro « Vd. lo conoce y sabe que es amigo de completa confianza. Digale por consiguiente su parecer, el estado de su ánimo y la disposicion en que se encuentra.
« No hay que hacerse ilusiones, que proceder con irrefleccion. La esperiencia y los golpes deben haberlo aleccionado para no fiar sinó en los elementos de que se pueda disponer con seguridad.
Compartir
86Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1873, CSJN Fallos: 14:224
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-14/pagina-224
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 14 en el número: 224 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos