invocadas, limitándose en su pronunciamiento a aplicar disposiciones de carácter meramente procesal, en mérito de las cuales ha desestimado la demanda declarando que una tercería de dominio sobre un bien inmueble no puede ejercitarse después + de la venta de aquél y de haberse dado su posesión.
Que en tales condiciones y teniendo en cuenta que la solución final que se diese a las cuestiones federales no podría modificar las conclusiones de la sentencia, el presente recurso de «queja es improcedente, Por ello, así se resuelve, Notifíquese, repóngase el sellado y archívese.
A. BERMEJO. — NICANOR G. DEL
Sonar. — J. FIGUEROA ALCORTA, — RAmóN Ménnez.
— Ronerro REPETTO.
Criminal contra Tomás Sandoval, por homicidio. Recurso de revisión.
Sumario: Procede el recurso de revisión en un caso en que el procesado fué condenado por aplicación de lo dispuesto en el artículo 17, capítulo 1.", inciso 49, letra a) de la ley 4189. como autor del delito de homicidio provocado, que el nuevo Código reprime en el artículo 81, inciso 1.9, letra a) con la pena de reclusión de tres a seis años, pena más benigna; y su condena a la de cinco años de reclusión con los efectos legales determinados en el artículo 12.
Caso: Lo explica el siguiente:
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Año: 1923, CSJN Fallos: 139:279
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