201 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA do de la ley número 50; argumento de los fallos del tomo 9.
página 577. y tomo 68: página 16, Resolución de esta Corte de Julio 1.° de 1921 en la causa de W. Barón contra la Provincia de Tucumán).
Por ello, teniendo por acreditada la jurisdicción originaria de esta Corte, se declara no haber lugar a la vía ejecutiva deducida. Repóngase el papel y devueltos los documentos acompañados, archivese,
L A. REermEJO — NICANOR G. DEL
Sonar. — ]. FIGUEROA ALcorra. — Ramón Méxpez, — Ronerro Reeerro, Don Antonio Villegas en autos con la sucesión de doña Maria Aureliz Novillo de Gordón, sobre remoción de tutor. Recurso de hecho.
Sumario: No procede el recurso extraordinario del artículo 14, ley 48. fundado en haberse cuestionado la inteligencia del artículo 7.° de la Constitución Nacional, e interpuesto contra una sentencia pronunciada por la Cámara de Apelaciones en lo Civil de la Capital que, a mérito de disposiciones del Código Civil, rechazó el pedido de remoción de un tutor nombrado por el Juez de 1" Instancia y mantiene esa designación.
Caso: Lo explican las piezas siguientes:
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Año: 1923, CSJN Fallos: 139:204
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