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Fallos: 139:183 de la CSJN Argentina - Año: 1923

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Noviembre 11 de 1923 Y Vistos:

Los seguidos por don Domingo Arbelo contra don Rafael Alcorta sobre consignación de alquileres, venidos en apelación extraordinari: de sentencia de un juzgado de primera instancia en lo Civil de la Capital.

Y Considerando :

Que la sentencia apelada de fojas 6r al revocar la del inferior, se funda en que el contrato que sirve de base a la demanda, importa la prolonyación de otro de fecha anterior a la promulgación de la ley número 11.157, lo que importa tener derechos adquiridos antes de su vigencia, Que la apreciación de los contratos celebrados por las partes y agregados a fojas 4 y 8, o sea, de la prueba producida en la causa, es ajena al recurso extraordinario interpuesto según los artículos 15 y 16 de la ley número 48 y lo reiteradamente resuelto.

Que al denegar en el caso la aplicación del artículo 15 de la ley 11.157, invocado por el recurrente señor Arbelo, la sentencia apelada ha interpretado y aplicado correctamente la doctrina consignada en el fallo de esta Corte en la causa Horta contra Harguindeguy, del tomo 137. página 47.

Por ello, se confirma la sentencia apelada en la parte que ha podido ser materia del recurso, Notifiquese y repuesto el papel, devuélvanse.


A. BERMEJO, — NICANOR G. DEL
Sor.ar, — J. FIGUEROA ALCORTA, — Ramón MÉnpEez, — RKonerro RePErro.

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Año: 1923, CSJN Fallos: 139:183 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-139/pagina-183

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