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Fallos: 138:322 de la CSJN Argentina - Año: 1923

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ha TE Ti 22 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA Monras, Juan F. Arechavala, Diógenes Ruiz, Juan F. Correas, José Pereyta Lucena, Fernaado Sanjurjo, Eduardo Rezáva, Eduardo M. Ash y Vicente G, Mastropaolo contra la Municipalidad de la Capital. Sin costas, Tal es el juicio definitivo que promincio en estas autos, a los veinte días del mes de Mayo, de mil novecientos veinte.

Imeribase ex el Jibro pertinente, notifique el empleado Cigorraga y repóngase las fojas 1conf, articulo 23, ley númevo 4128, — Adolfo Casabal. — Ante mis Enrique A, Peña.


ACEERDO DE 1.4 CÁMARA ES EN LO CIVIL
En luenos Aires, Capital de ta República Argentina, a tres de Mayo de mil noveciemos veintidos, reunidos los señores vocales de la Excma, Cámara 1. de Apelaciones en lo Civil, en 1 Sala de Accuerdos para conocer del recurso interpuesto en os caratulados °Unánue don Ignacio y otros contra la Minis cipaiidad de la Capital, sobre devolución de pesos", respecto de la sentencia corriente a fojas 113. el tribunal estableció la signiente emestión :

Es arreghvla a derecho la sentencia apelada de fojas 1137 El Señor Vacal, doctor Repetto dijo:

La ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deli beramte el 23 de Abril de 1910, enla parte reativa a la enestión aguí debatida, dispone lo siguiente: "Art. 4" Los derechos de inscripción, licencia, análisis o inspección, se pagarán con arregba la siguiente tarifa: Primero: locales para std. Vor cada 1 esballe de carrera que alojen, al año, .. 100 pesos Moneda nacional" Las actores -olicitan se declare Ta Tegilidad de este impuesto y como comeceuncia, Ta devolución de la stma de 3.500 jr negados por aquel concepto, y ste intereses. Fundan si temarida no solo en la ciremm-tancia de eninerarse con tal ira" "E a

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Año: 1923, CSJN Fallos: 138:322 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-138/pagina-322

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