ha y 20 FALLOS DIE EA CORTE SUPREMA É - juez que requirió los autos respecto a su jurisdicción, reA sulta del hecho del envío del expediente a la Corte, Supre ma para la decisión del conflicto jurisdiccional y del antecedente de haberse ordenado, por el juez requerido, la remisión, en el caso de insistir aquel Eincionario en si competencia, 2 Las contiendas de competencia sólo pueden refe rine a juicios pendientes, y, por lo tanto, no pueden comprender a los ya fenecidos, (En el caso, mo de los juicios, E el ejecutivo, había concluido por haberse dictado la seny tencia de remate».
LS Caso: Lo explica el signiente 
E: PALLO DIETA CONTI SUPREMA
Er Sh Buenos Aires, Junio +: de 193 e Autos y Vistos: 
e É , Los de contienda de competencia entre un Juez de ComerBe cio de esta Capital y el de Primera Instancia en lo Civil de ja E " ciudad de Mendoza para conocer en la ejecución iniciada ante Pr el primero por don Alejandro Vega contra doña Maria Onetto É: y de Battagliese, + Y Considerando:
Ms y Que citada de remate la demandada y no habiendo rpuesto E excepciones contra la ejeución, el Juez de Comercio de la Ca1 pital dictó sentencia de trance y remate, mandando levar ade1 lante la ejecución con fecha 30 de Mayo de maz fojas 14 Er vinelta 4, ue Que mientras se ejecutaba la sentencia, la señora de BataE pliese se presentó ante el Juez de Mendoza e Febrero 3 de 11231
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Año: 1923, CSJN Fallos: 138:208 
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