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Fallos: 137:132 de la CSJN Argentina - Año: 1922

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12 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA tal ca-n, stpuesto afirmativo. si los invozados privilegios de Ja ta pasaron a la otra empresa y si ubsistian aún durante esos 7 meses /v. Es 20. Informe de ta Administración General de Contribución Directa, Patentes y Sellost en apre se intents to savia prevalerse de ellos. ' Tenemos, pres, que da estación Retiro e Retiro Oeste fro constrajda y está shicada en las "dos manzanas de terreno de propiedad publica, cada una de ciento y cincienta varas sor costado", cedidos al efecto en plena propiedad y tibre de toda contribución mientras exista el ferrocarril, por el Gobierno dd la Provincia de Huenos Aires, por ley-contrato de junio 27 ee INS7 amenos 7 y 11) a favor de la "Empresa del Camino de Fierro a San Fermndo de los señores Ocampo y Hopkins".

anttogomente a la Jey de 1854 de concesión del E. €. del Oeste:

pero, caducada la cubo dada por desistida; no obstonte Ta te de gtrantia" y revalidación o prorroga de jmto 28 de 1850 el P. E, haciendo 10 de la faenitad conferida en el srticito 6, de La misma convino después, en febrero 25 de 1892, 7 come trucción y explotación de esa proyectada Jide, en lo- mismos terminos y condiciones con la sociedad constituida en botdres del Ferrocarril de Esenos Mires y Son Fernando Livwitada", representada por el señor Redney Croskey quien at vez d transfirio, en ociubre 20 de 182, según decretos del e y 17 del mismo mes y año ada "Compañía Limitada del Perrocarril de Norte de Buenos Aires" representada por el señor Zimmer.

man y enya concesión fre por fm adquirida más tarde por el E, CU CONS dictando el P. E. Nacional en 11 de enero de 1889 el decreto aprobatorio de ext transferencia > empresa que refundió-e despues con La del "Ferrocarril Buenos Nire y Resario" aprobada la fuston por tey nacional minero Gb le septiembre — 30 de 1900, enyos articulos" 2.50 30 declaran la «mbstrencia de todas las franquicias y privile gios tantos mecionales como provinciales, sin perjuicio de Ta Ley Mitre cmmero 5315 de septiembre 30 de 1907), de Tar que

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Año: 1922, CSJN Fallos: 137:132 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-137/pagina-132

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