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Fallos: 135:55 de la CSJN Argentina - Año: 1922

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DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAR
Buenos Aires, Agosto 23 de 1921.

Suprema Cortez El fallo absolutorio dictado por la Cámara Federal de a Capital, en la causa criminal seguida por Arturo de la Peña contra Margarita L. de Martorell, sobre usurpación de marca, se funda en hechos que V. E. no puede revisar en el recurso de derecho establecido por el artículo 22 del Código de Procerimientos en materia penal, El recurso es, por lo tanto, improcedente, a mi iodo de ver.

José Nicolás Matienzo,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Agosto 21 de 1921, Autos y vistos: El recurso de hecho por denegación del de wulidad y del estraordinario autorizado por el artículo 22 del Código de Procedimiento en lo Criminal, interpuesto contra sentencia de la Cámara Federal de Apelación de la Capital, por don Arturo de ta Peña, em el proceso seguido contra doña Margarita L.. de Martorell. sobre usurpación de marca.

Y considerando:

« Que el recurso de nulidad es estraño al extraordinario que autoriza el artículo 22 del Código de Precedimientos en lo Criminal, con arreglo a lo reiteradamente resuelto, 4 Fallos, tomo 133. página 305 y jurisprudencia alli citada), Que la apelación extraordinaria se funda por el recirrente en que la sentencia ha deelarado que los atributos de la mares

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Año: 1922, CSJN Fallos: 135:55 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-135/pagina-55

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