ante ta Corte Suprema, con arregio a lo reiteradamente resuelto.
En la misma fecha, no se hizo lugar, igualmente, al re«urso imerpuesto por Julio Hernández Pereyra, en la causa criminal seguida en su contra, por homicidio, en razón de quy + el recurso de revisión de una sentencia que se dice pronynciada por el Superior Tribimal de Justicia de la Provincia de Caárdoba, no praede para ante la Corte Suprema, con arreglo a lo dispuesto por los articulos 551 y 533 del Código de Procedimientos en lo Criminal, :
Don Francisco y Jaime Serralta, (sn convocatoria de acreedores; contienda de competencia, Er Sunario: El concepto "establecimiento principal". empleado por los artículos 2, ley 927 y 1384 del Código Civil, es de tomarse en sentido lato, y no estrictamente en el de una casa de comercio 1 otro inmueble consagrado a determi nados negocios.
Caso: Lo explican las piezas siguientes: —- E
VISTA DEL FISCAL
e Señor Juez: : Y V. 5. está en presencia de un hecho realmente singular.
La sociedad convocataria "Francisco y Jaime Serralta", inició ¿nte V. S. el juicio de convocatoria, presentando tal pe
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Año: 1922, CSJN Fallos: 135:299
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