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Fallos: 134:340 de la CSJN Argentina - Año: 1921

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Don Prudencio Tolosa tar sucesión). Contienda de competencia.

Sumario; — Abierto y radicado un juicio tetamentario ame los tribunales de la Capital Federal, concurriendo todos los interesados en la sucesión, sin formular observación alguna acerca de la competencia, por estimar que el causante había cambiado el domicilio que tuvo en otra jurisdicción, y siendo el juicio sobre filiación natural, una de las acciones personales contra la sucesión que deben actmularse al juicio universal con arreglo al artículo 3284 del Gidigo Civil, corresponde al juez de la Capital el conocimiento del juicio de filiación.

Caso: Lo explican las piezas siguientes: ,
DICTAMEN DEI, SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Bumos Aires, Julio 21 de 1921. ; Suprema Corte: .

Se ha trabado cuestión de conpetencia entre el juez de 1." Instancia en lo Civil de la Capital de la Nación y el de igual clase de la ciudad de Concordia, próvincia de Entre Ríos, para conocer en el juicio sobre filiación natural seguido por don Constantino o Constancio Lopez contra los herederos de don Pridencio Tolosa.

Ambos jueces invocan el art. 3284 del Código Civil, que determina cuáles son las acciones que deben iniciarse ante el juez del Jugar del últmo domicilio del difunto; pero discrepan sobre el hecho de cuál es ese lugar, .

El testamento de Tolosa, agregado a fojas 9 de los auto:

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Año: 1921, CSJN Fallos: 134:340 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-134/pagina-340

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