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Fallos: 134:235 de la CSJN Argentina - Año: 1921

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Alres, Junio 13 de 11. —Autos y Vistos: El recurso de queja por denegación del extraordmario interpuesto por don Christian Bugge contra sentencia de la Cámara Federal de Apelación de la Capital.

en el juicio que le ha seguido el doctor Benjamin Garcia Victorica, sobre daños y perjuicios.

Y considerando:

Que según lo expresa el recurrente a fojas r de la queja se trata "de la aplicación del artículo 1103 del Código Civil", cuyo texto se copia, agregando que sostiene que existe absolución en el sentido del artículo 1103 del Código Civil transcripto, con respecto al señor Bugge, dictada por los Tribunales de La Plata. con arreglo al Código de Procedimientos de la Provincia de Buenos Aires, y que, por consiguiente, no puede alegarse la existencia de culpa en el demandado en este juicio civil".

Que de lo expuesto se desprende claramente que sólo se ha tratado en la causa de la inteligencia y aplicación de di< pasiemes de derecho común no impugnadas como contrarias a la Constitución lo que no puede motivar el recurso extraordinario del artículo 14 de la ley número 48 y 6.° de la 4055.

Que si hien es cierto que el apelante al expresar agravios de la sentencia de primera instancia ha invocado a fojas 314 de los autos venidos a requisición del señor Procurador General, los artículos 104 y 105 de la Constitución para decir en lo substancial que los tribunales se han negado a aplicar el Código de Procedimientos de dicha Provincia, ello ro puede importar el fundamento de un derecho en tales disposiciones que haya sido desconocido, porque como lo expresa el recu. +

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Año: 1921, CSJN Fallos: 134:235 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-134/pagina-235

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