u FALLOS DE LA CORTE SUPREMA Esta dualidad de criterio interpretativo debe ser examinada separadamente.
De la pericia de fojas 57, resulta que la actora paga un determinado impuesto por el edificio, de modo que si en realidad pudiera variar el criterio impositivo por el mayor o menor servicio que hubiera que prestar como consecuencia de la indole de sus actividades, sería este" impuesto el que sufriría una variante en su monto, pero ello no autorizaria a crear uno distinto.
Queda, pues, en pie el otro argumento relativa al carúeter comercial del diario, y es en torno de su calificación, que debe prontinciarse el juzgado.
Tercero: Por el giro de sus negocios, el diario "La Prensa" ¿puede ser comprendido dentro de la enumeración del artículo 8 del código de comercio? La fundación de un diario, en términos generales, no importa la realización de un acto con fines de luero, aun cuando accidentaimente y como derivado de una de sus rubros, e ejeente operaciones que pudieran comprenderle dentro de tal criterio, , En la historia publicista, abundan los casos de fundaciones «de órganos de la prensa, destinados esencialmente a propagar ideas generales o que se dedican a alguna especialidad:
religión, política, ciencia. Ese es el fin único de su existencia: llevar al conocimiento general el concepto preciso de determinadas ideas, con el exclusivo objeto de sacar de la ignorancia, salvar errores o evitar prejuicios a la colectividad. Y con tal criterio, no podría decirse que la razón inmediata de su existencia fuera realizar un negocio económico desde que la elevación de str destino y las miras con que deben ser considerado, lo ponen a cubierto de toda calificación interesada.
La constitución organizada de estas fundaciones, supone la existencia de un núcleo más o menos numeroso de personas inspiradas en una corriente de ideas paralelas, cuya actividad se complementa en sus diversas producciones, con el cbjeto de obtener la finalidad propuesta. No los guía un pro_.
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Año: 1921, CSJN Fallos: 133:34
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