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Fallos: 133:256 de la CSJN Argentina - Año: 1921

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256 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA tribunal de justicia, de conformidad con lo solicitado, téngase por trababa la contienda de competencia, debiendo elevarN se los antecedentes a la suprema corte de la nación (artículo 161 del código de justicia militar, — Luis Victor Outes. — Ante mi: José L. de Larrañaga.


DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Dici.mbre :1 de 1600.

Suprema Corte: .

Ante el juez de instrucción provincial de la ciudad de Salta se procesa al teniente Navor W. Rocha, por daño intencional causado a don Celestino Saravia, quien denunció el hecho.

Al expresado militar se le imputa haber hecho disparos de armas de fuego, desde el poligono de tiro del cnartel del 1.°" regimiento de artillería montada, contra animales que pastabar en las inmediaciones dando muerte a algunos e hiriendo a otros, Deterido el presunto culpable por la autoridad civil, las autoridades militares de Salta ordenaron también se levantase un sumario por un juez instructor militar (fojas 21).

El funcionario militar libró entonces al civil el oficio inhibitorio que corre agregado a fojas 6y, de la causa tramitada ante este último.

El juez de instrución militar sostiene que, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 117, inciso 2." del código de justicia militar, los hechos imputados al teniente Rocha eran de exclusivo resorte de la justicia militar por haberse cometido en lugar sujeto a la jurisdicción militar.

. Pero es de observar que dicho juez militar no invoca disposición penal en virtud de,la cual se procesa a Rocha, ni siquiera existe ante la justicia militar acusación ni denuncia contra aquél. Se trata solamente de un procedimiento de ofi- " has .

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Año: 1921, CSJN Fallos: 133:256 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-133/pagina-256

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