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Fallos: 133:260 de la CSJN Argentina - Año: 1921

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Febrero 16 de 1e1.

Autos y vistos: El recurso de queja por denegación del extraordinario, interpuesto por doña Evarista Delderrain de Artola, en los autos que sigue sobre protocolización de testamentos, contra la resolución dictada por la cámara segunda de apelaciones de La Plata. y Considerando:

Que según resulta de los autos remitidos por vía de informe el recurso extraordinario fué circunscripto a la parte del auto de fojas 58 en la que se declara que: "la legalización, de la firma del notario, hecha por el cónsul, es ineficaz, por faltar la de la autoridad del país, que es la que dicho funcionario debe legalizar en la forma prescripta por el articulo 359 del decreto reglamentario de la ley consular" (fojas 62 vuelta).

Que dada esa circunstancia y la de que el auto denegatorio de la protocolización se funda, además, en la falta de los requisitos exigidos por los articulos 862 y 863 del código de procedimientos de la provincia, el recurso extraordinario resulta a todas luces improcedente con arreglo a lo reiteradamente resuelto, toda vez que los fundamentos de orden legislativo local. que no han sido ni podido ser materia de la apelación, son suficientes para sustentar el fallo recurrido, cualquiera que sea la solución que corresponda dar a la cuestión federal planteada.

Por ello y de acuerdo con lo pedido por el señor procurador general, se declara no haber lugar a la queja deducida.

Notifíquese y repuesto el papel archívese, devolviéndose los autos principales con transcripción de la presente.

A. Bermejo, — D. E. PALacio. — Ramón Ménpez.

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Año: 1921, CSJN Fallos: 133:260 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-133/pagina-260

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