Don Sindulfo Varas en el incidente sobre Ievantamiente de embargo preventivo trabado a don Porta Nieto po: la sucesión de Santos" Martinez. Recurso de hecho, Sumario: No procede el recurso extraordinario del arríci .
lo 14. ley 48, contra una sentencia que, fundada € consideraciones de derecho civil y procesal, ordena el levirtamiento de un embargo hasta tanto se ofrezca la fanza pre-cripta por el código de procedimientos. EI recurrente fundaba también su queja en consideraciones de de.
recho civil y procesal).
Caso: Lo explican las piezas siguientes:
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Dici:mbre 1: de 1900.
Vistos en el acuerdo: La presente queja por denegación del recurso extraordinario contra sentencia dictada por el superor tribunal de justicia de la provincia de La Rioja en los autos de don César Reyes por don Sindufo Varas en el incidente sobre levantamiento de embargo preventivo trabado a don Porta Nieto por la sucesión de Santos Martínez, Y considerando:
Que para fundar si queja por denegación del recurso » extraordinario se alega ante esta corte que "el siperior triImnal declaró que no hay lugar a embargo preventivo, sin dar fianza, porque la petición de herencia no es acción reivineicatoria real, sino mixta". Yo he sostenido que no hay acción mixta en el código civil y extensamente alegué la faz constitucional del punto, como consta especialmente a fojas 19 vuela de la copia que subrayo con lápiz rojo, y fojas 34"
Compartir
87Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1921, CSJN Fallos: 133:138
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-133/pagina-138
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 133 en el número: 138 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos