Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 133:116 de la CSJN Argentina - Año: 1921

Anterior ... | Siguiente ...

Por ello, lo resuelto en casos análogos y de conformidad con lo expuesto y pedido por el señor procurador general en el presente dictamen. se declara mal concedido el recurso.

Notifíquese y devuélvanse, reppniéndose las fojas ante el juzgado de origen.

A. BERMEJO. — NICANOR G. DEL SoLar. — D. E. Paracio. — J. FIGUEROA ALCORTA. — Ra

MÓN MÉNDEZ.
Señores H. Stceimberg y Compañía contra don Enrique Gonsález García, sobre nulidad de patente de invención.

Sumario: No procede el recurso extraordinario del articulo 14, ley 48, contra una sentencia que tiene por base cuestiones de hecho y de prueba, (En el caso la sentencia se fundaba en que los elementos probatorios de autos demostraban que "los ojales reforzados, en distintas aplicaciones y por diversos procedimientos, eran conocidos y usados con anterioridad al otorgamiento de la patente").

Cuso: la explica el siguiente:


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buesos Aires, Diciembre u de 1920.

Y vistos: Los seguidos por los señores H. Steimberg y Compañía contra don Enrique González Garcia, sobre nulidada de patente de invención venidos en apelación extraordinaria de sentencia de la cámara federa! de la capital.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

83

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1921, CSJN Fallos: 133:116 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-133/pagina-116

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 133 en el número: 116 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos