hubiera interpuesto recurso alguna que le hubiera sido +cnegado.
En veintiseis del mismo no se hizo lugar a la queja deducida por don Sergio M. Córdoba, en autos con la sucesión de dón Bartolomé Podestá, sobre desalojamiento, por cuanto las circunstancias que se invocaban para fundar el recurso, eran puntos de hechos y de prueba ajenos al mismo y, a demás, habían sido sometidos a la justicia de instrucción según se afirmaba.
En veintinueve del mismo, no se hizo lugar, igualmente a la queja deducida por don Jacobo Guibert, en los autos de la causa "De Sosa, Elena Casoni, acusada de homicidio en la persona de Luis Guilbert Blanck", en razón de que, según lo expresaba el recurrente, se había tratado de la personería del querellante en el juicio, o sea, de la interpretación y aplicación del artículo 170 del código de procedimientos en lo criminal, que es extraño al recurso extraordinario interpuesto.
según el artículo 15 ide la ley 48.
En la misma fecha no se hizo lugar a la queja deducida por don Ignacio Islas Garay, en autos con don Eugenio Intriassi y Héctor de la Peña, sobre desalojamiento, por resultar que la resolución apelada del señor juez de primera instancia se fundaba en el derecho común que rige las relacio nes del subinquilino respecto al inquilino principal, ajenas al recurso extraordinario para ante la corte suprema, con arreglo al artículo r4 de la ley 48.
Compartir
71Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1921, CSJN Fallos: 133:112
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-133/pagina-112
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 133 en el número: 112 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos