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Fallos: 132:284 de la CSJN Argentina - Año: 1920

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2831 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA incompetencia de la justicia federal para conocer de un recurso contra una resolución de carácter administrativo dictada por el administrador de la aduana de la capital.

Se trataba de la suspensión de despachantes de avuana, recurrible para ante el ministerio de hacienda: por lo que no había, en verdad, "pena impuesta", dado que el mi nisterio podia dejar insubsistente la resolución del me.

ministrador ).

Caso: Lo explican las piezas siguientes;
VISTA DEL FISCAL
Señor Juez:

Teniendo por objeto el recurso de hecho de los señores bravo y Permin, reclamar de una medida de carácter puramente administrativa, y de conformidad al artículo 7." del decreto del poder ejecutivo nacional, de fecha 30 de mayo de 1912 que establece que la suspensión de los despachantes de aduana es recurrible al ministerio de de hacienda, corresponde que US. se declare incompetente para conocer del presente recurso de hecho.

Salvo, ete. — KR. G. Parera,
MCTO DEL, SEÑOR JUEZ FEDER VI,
Buenos Aires, Diciembre + de 1115, Autos y vistos: Mento lo dictaminado procedentemente por el procurador fiscal, y resultando que la causa que motiva el presente recurso no es de las que corresponde conocer a la justicia federal, y que tratándose de medidas de carácter administrativo están comprendidas en el artículo 7," «el decreto del poder ejecutivo nacional de fecha 30 de mayo

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Año: 1920, CSJN Fallos: 132:284 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-132/pagina-284

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