2 Las disposiciones de los artículos 47, de la ley 2873, 165 in fine y 179 del código de comercio nu deben interpretarse cmo que limitan el criterio de los jueces para el justiprecio de los perjuicios que mandan indemnizar, cuando se apartan de las clasificaciones que el actor atribuye a los efectos transportados en razón de que la carta de porte no contiene las correspondientes enunciaciones, y fijan la indemnización que consideran equitativa, 3" No hay resolución contraria al artículo 47, de la ley 2873 en una sentencia que en razón de que la carta de porte carecía de detalles respecto a la calidad de la ha cienda transportada, deja sin efecto la estimación pericial ordenada por el inferior y defiere el monto de los perjuicios al juramento estimatorio dentro de una suma considerada equitativa por el tribunal respectivo Caso: Lo explican las piezas sigrientes:
SENTENCES DEL SEÑOR JUEZ DIE COMERCIOS
Buenos Aires, Noviembre 25 de 1917.
Y vistos estos autos de los que resulta: A fojas ó se presenta don Pedro Bofti, en representación de don Jaime brú. entablando demanda contra la empresa del Ferrocarri! del Sud, por cobro de cinco mil doscientos pesos ywneda nacional, en que estima los daños y perjuicios ocasionados por falta de cumplimiento de un contrato de transporte, Dice que el 15 de noviembre de 1915 su mandante remitió a la estación Coronel Suárez y con destino a esta capital, seis carnero:
lincoln, padres seleccionados, a la consignación de los seño.
res José M, Iriondo y Cía, que debian venderlos en su casa de remates el día 18 de noviembre, según se había anunciado:
que no obstante haberse abonado tarifa de encomienda. que
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Año: 1920, CSJN Fallos: 131:365
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