Que a fojas 2 se presenta por el actor, don Carlos A.
Gutiérrez, manifestando que su mandante cra propictario del Hotel San Martín, en la ciudad de Córdoba, donde se alojó el 29 de agosto de 1909 al señor interventor naciona! doctor Eliseo Cartón, sus secretarios y demás personal de la intervención, Que inmediatamente de llegar a Córdoba el interventor, ordenó a su representado preparara en seguida en sit hote! los locales necesarios para el funcionamiento de oficinas pú blicas, lo que se llevó a cabo en la forma indicada por el interventor y los ministros, ocupándose en ello todo el primer piso, parte del bajo y del segundo, destinando a este objeto, ocho departamentos de dos habitaciones cada uno y cinco habitaciones ás o sea en conjunto veintina habitación, donde se alojan diariamente cuarenta y dos pasajeros, Que su mandante, propietario del Hotel San Martin, stministro al personal de la intervención el servicio completo de desayuno, almterzo, comida, etc., así como el servicio extraordinario que requerían las propias funciones públicas de todo el personal, que era atendido constantemente desde las 7 de la mañana hasta las 2 de la mañana siguiente.
Que la instalación del señor interventor y demás personal, como la de las oficinas públicas mencionadas, obligó al actor a aquirir mueblaje adecuado y a efectuar construccio.
nes de relativa importancia. .
Que ni el int:rvemor, ni sus secretarios indicaron la conveniencia de celebrar cualquier arreglo respecto al precio de los servicios de alojamiento, comida y demás limitándose a ordenar que se les atendiese lo mejor que fuera posible, haciendo llevar de esta capital, especialidades, frutos. conservas, dulces, que no era posible adquirir en Córdoba Que conviene agregar que igual servicio se prestó también diariamente a las numerosas personas invitadas a almorzar 0 conver con el señor interventor y sus secretarios.
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Año: 1920, CSJN Fallos: 131:232
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