180 FALLOS DE La CORTE SUPREMA posición solicitada, conforme al articulo 10 de la ley nú mero 27.
En la misma fecha no se hizo lugar a la queja deducida por don Enrique Calatayud, en autos con su esposa doña Zelmira Zarco, sóbre divorcio, por cuanto la sentencia apelada de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires había rechazado los recursos llevados ante élta "por estar probado que el demandado tiene su domicilio en la tepública", y además, porque como lo ha hecho: consta la Corte Suprema en casos análogos "is conclusiones de hecho a que llega una sentencia, referentes al domicilio de las partes sun ajenas a-este recurso".
En la misma fecha no se hizo lugar, igualmente, a la queja- deducida por don José Contarini en autos con doña Catatina Monjeaux de Noseda, sobre cobro de pesos, en razón de no ser procedente para ante el tribunal el recurso previsto cn el articulo 284 del Código de Procedimientos de la Capital.
En la misma fecha no se hizo lugar a la queja deducida por don Antonio M, Ferrari, en autos con la Sociedad Leo.
nardini, Beretervide y Cía., sobre declaración de quiebra, por resultar que se trataba de la calificación de comerciante atri- .
huida a un farmacéntico a los efectos de la declaración de quiebra que está regida por las disposiciones del Código de —° Comercio, cuya interpretación y aplicación es ajena al recur.
so extraordinario (articulo 15, ley 48). .
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Año: 1919, CSJN Fallos: 130:150
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