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Fallos: 130:133 de la CSJN Argentina - Año: 1919

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FALLO DE 1,4 CORTÉ SUPREMA
Buenos Aires, Septiembre 25 de 1919.

cedente dictamen del señor Procurador General y de acuerdo con su pedido, se declara juez competente para conocer "en el juicio sucesorio de.doña Camila Patria de Hondanza, al de lo Civil y Minas de la ciudad de Mendoza (tercer juzgado). y En consecuencia remitansele los autos avisándose al juez de esta Capital en la forma de estilo. Repóngase el papel.


A. BERMEJO, — NICANOR G, DEL
Sor, — D. E. Paracio. — J. Ficurmros Arcorra.

Don Rafacl Llerena, en autos con don Nemesio Gonzáles, sobre injurias. Recurso de hecho.

Sumario: No procede el recurso extraordinario del artículo 14, ley 48, fundado en la parte del articulo 18 de la Constitución Nacional, que garante a todos los habitan.

tes de la Nación el derecho de ser juzgados por sus jue ces naturales, contra una resolución que se limita a vesolver cuál de los tribunales de una provincia es competente para entendor en el proceso, punto regido por la Constitución y leyes provinciales.

Caso: Lo explican las piezas siguientes:


DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Febrero 11 de 1919, Suprema Corte:

La resolución apelada no es definitiva como la exige el

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Año: 1919, CSJN Fallos: 130:133 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-130/pagina-133

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