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Fallos: 13:452 de la CSJN Argentina - Año: 1872

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Stelfenino y Garbolino apelaron y se les concedió el recurso en relacion.

Fallo de la Suprema Corte.

Buenos Aires, Agosto 19 de 1873.

Vistos: Por sus fundamentos, se confirma con costas ol auto apelado de foja veinte y ocho vuelta, satisfechas estas y repuestos los sellos, devuélvanse.

SaLvanor M. pEL Canmit. — FRaxcisco Decano. — José Hannos Pazos. —J. DB. Gorostiaca —X————

CAUSA XCIV
D. Gregorio García y liaya, contra D. Santiago Eehegayen, sobre recusación.

Sumario. — No puede alegarse por el ejecutado en la estacion de la citacion de remate, como prejuzgamiento y causal lejitimo de recusacion del juez, un auto provocado anteriormente por él, promoviendo un artículo es

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Año: 1872, CSJN Fallos: 13:452 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-13/pagina-452

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