Bell é hijo apelaron y se concedió el recurso libremente.
Espresando agravios presentaron un certificado de 5 lancheros, y otro de 4 comerciantes declarando que por lanchage de fierro galvanizado cobraban los primeros y pagaban los segundos á razon de 4 $ por quintal.
Corrido traslado contestaron Casares é hijo, que los referidos certificados no eran de testigos, ni de peritos; que no constaba su autenticidad; que nada habia que oponer á la autoridad de la Cámara Síndical de la Bolsa, única legítima en esta maleria.
Fallo de la Suprema Corte.
Duenos Aires, Agosto 12 ie 1873.
Vistos: Por sus fundamentos, se confirma con costas el auto apelado de foja trece vuelta, y satisfechas las costas y repuestos los sellos, devuélvanse.
SaLvaDOR Mania DEL CARniL. —FRANcisco DELGADO. — José Bannos Pazos. — JosÉ DoMiNGUEZ.
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Año: 1872, CSJN Fallos: 13:441
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