Fallo de la Suprema Corte.
Buenos Aires, Julio 15 de 1873.
Vistos: por sus fundamentos, se confirma, con costas el auto apelado de foja cincuenta y cuatro vuelta, y satisfechas estas y repuestos los sellos, devuélvanse.
Francisco DELGADO. — José Barros Pazos.—J. DomincrEz.—J. B. Gonos
TIAGA
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CAUSA LX XVI.
D. Nicolás Cerruti contra la «Sociedad italiana de seguros mútuos fluviales» por cobro de pesos.
Sumario. —Los estatutos son la primera ley por la cual deben resolverse las cuestiones entre una sociedad y alguno de los socios.
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Año: 1872, CSJN Fallos: 13:379
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